Conoce los tramites necesarios para realizar tus solicitudes de crédito.

Criterios mínimos generales para el estudio y aprobación de créditos:
- Antigüedad mínima como asociado de tres meses.
- Estar al día en sus obligaciones con FonRochester.
- Firmar autorización de descuento de nómina.
- Presentar solicitud de crédito debidamente diligenciada.
- Presentar el último desprendible de pago de nómina.
- Debes contar con la capacidad de pago, en relación con tus ingresos personales. No puedes comprometer descuentos por más del 50% de tu salario
- Contar con un deudor solidario.
- Capacidad de pago del (los) deudor solidario(s) frente al eventual incumplimiento del deudor principal.
- La solvencia patrimonial del deudor y de los deudores solidarios frente al monto de la obligación crediticia solicitada.

Otorgamiento de crédito:
- Toda solicitud será estudiada por el comité de crédito, y tendrá un plazo máximo para estudio, verificación de garantías, desembolso y respuesta al asociado, de hasta 10 días calendario; no obstante, el Comité de Crédito, se reunirá regularmente una vez por semana (los días martes), con el fin de agilizar las solicitudes de los asociados.
- Después del análisis, el comité te contará la aprobación o no aprobación del crédito y las condiciones en las que se dará.
- En caso de no ser aprobado, el comité te informará los motivos por los cuales este no fue concedido.
- Desembolso de los créditos aprobados: Aprobado y formalizado el créditose someterá a la programación que el Fondo establezca para su desembolso. Toda esta información te la comunicaremos.
- La aprobación y formalización de un crédito no obliga a FONROCHESTER a su desembolso inmediato, sino que estará sujeto a la disponibilidad de recursos por parte de FONROCHESTER y su giro se hará según el orden de radicación de cada solicitud previo cumplimiento de los requisitos.
Lineas de crédito:
Crédito de Libre Inversión
Crédito de libre destinación, el cual se utiliza generalmente para satisfacer necesidades que brinden bienestar al asociado y a su familia.
- Monto: El monto máximo de este crédito será hasta cinco (5) veces los ahorros permanentes del asociado, sin exceder el cupo máximo de endeudamiento. El órgano que otorga el crédito podrá modificar el monto máximo del crédito dependiendo de las garantías que pueda ofrecer el asociado.
- Plazo: El plazo máximo será de 60 meses, se pagará en cuotas mensuales, con amortización en primas y bonificaciones o liquidaciones. FONROCHESTER aceptará, de cualquier asociado hábil y en cualquier momento, abonos extraordinarios a capital y en este caso se hará la correspondiente reliquidación de su crédito (disminución valor cuota o reducción de tiempo).

- Intereses Remuneratorios: La tasa de interés del crédito será del 1,15%
- Documentos Adicionales: Se requerirá del respaldo de un (1) codeudor, en el caso de que el crédito solicitado sea superior al doble del total de sus ahorros y aportes o superior a seis (6) salarios mínimos legales vigentes. El comité de crédito podrá solicitar uno o más codeudores o solicitar póliza de cumplimiento para créditos, dependiendo el monto solicitado.
Crédito Educativo
Crédito destinado para la financiación de las matrículas o pensiones de educación en todos los niveles, del asociado, su cónyuge y sus hijos, en establecimientos reconocidos legalmente.
- Monto: El monto máximo de este crédito será hasta el 100% del valor de la matrícula, sin exceder el cupo máximo de endeudamiento.
- Plazo: El monto máximo de este crédito será hasta el 100% del valor de la matrícula, sin exceder el cupo máximo de endeudamiento.
- Intereses Remuneratorios: La tasa de interés del crédito será del 0.90% mensual.

- Documentos Adicionales: Se solicitará el recibo o factura de la institución educativa reconocida legalmente, y además, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el capítulo de garantías.
Crédito por Calamidad Doméstica
Crédito destinado para la atención de necesidades producidas por hechos fortuitos o accidentales que afecten en forma grave la situación económica del asociado y/o su grupo familiar básico, así como todos aquellos hechos y eventos extraordinarios que a juicio del Comité de Crédito y en coordinación con la Junta Directiva, se califiquen como Calamidad Doméstica.
Se considera como calamidad doméstica:
- Sufrir daños de calamidad por consecuencia de fenómenos naturales tales como inundación, terremoto, avalancha o imprevistos como incendios o destrucción de sus bienes por motivos diferentes.
- Sufrir robo o atraco que atenten seriamente la situación económica del asociado siempre que éstos hayan sido objeto de denuncia penal ante las autoridades competentes.
- Por accidentes de tránsito y daños a terceros, siempre y cuando estos sean comprobados mediante documentos expedidos por las autoridades competentes.
- Por enfermedad del asociado, cónyuge o su grupo familiar básico, que atenten seriamente la situación económica del asociado, y sean demostrados mediante documentos expedidos por las autoridades competentes.
- Gastos exequiales por muerte de un miembro de su familia siempre y cuando no exista en el momento un plan exequial vigente.

- Monto: El monto máximo de este crédito será hasta cinco (5) veces los ahorros permanentes del asociado, sin exceder el cupo máximo de endeudamiento. El órgano que otorga el crédito podrá modificar el monto solicitado, dependiendo de las garantías que pueda ofrecer el asociado. Sin embargo, no se podrá otorgar un crédito superior 10 SMLMV.
- Plazo: El plazo máximo de 36 meses, y se pagará en cuotas mensuales, con amortización en primas y bonificaciones o Las partes podrán acordar cuotas de pago extraordinarias.
- Intereses Remuneratorios: La tasa de interés del crédito será del 0.90% mensual.
- Documentos Adicionales: En el término de 10 días hábiles a partir de la fecha del desembolso, el asociado deberá presentar factura de pago de los gastos para demostrar la inversión de los recursos otorgados o el crédito se clasificará como de libre inversión y la tasa de interés que se aplica, será la de crédito de libre inversión. Presentar carta explicativa del hecho o evento ocurrido y soportado por los documentos que reflejen tal situación.
Crédito de Servicio y Convenio
Se define servicio y convenio, aquellos productos de bienes y servicios, que ofrecen y prestan los proveedores. Para todos los casos, el proveedor se responsabiliza del buen cumplimiento de las características, beneficios y ventajas del producto de bien y servicio pactado con el asociado, y FONROCHESTER, solamente cumple con la función de canal de intermediación entre las partes anteriormente mencionadas. Este tipo de crédito se autoriza únicamente para compras realizadas a través de convenios que FONROCHESTER tiene con otras entidades.
- Monto: el monto máximo de este crédito será hasta cuatro (4) veces los ahorros permanentes del asociado, sin exceder el cupo máximo de endeudamiento. El órgano que otorga el crédito podrá modificar el monto solicitado, dependiendo de las garantías que pueda ofrecer el asociado. Sin embargo, no se podrá otorgar un crédito superior a 10 SMLMV.

- Plazo: plazo máximo de 12 meses y se pagará en cuotas mensuales con amortización en primas y bonificaciones o liquidaciones.
- Intereses Remuneratorios: La tasa de interés del crédito será del0% mensual.
- Documentos Adicionales: Documentación dónde conste el bien o servicio que va a ser adquirido, a través de entidades que tengan convenio con FONROCHESTER.
Crédito para Compra de Cartera
Se denomina “Crédito de Compra de Cartera” aquel que se concede al asociado para que éste cancele compromisos financieros que tenía adquiridos con otras entidades, bajo la modalidad o líneas de crédito de consumo, de tarjetas de crédito y similares.
- Monto: El monto máximo de este crédito será hasta 5 veces los ahorros permanentes del asociado, sin exceder el cupo máximo de endeudamiento.
- Plazo: Esta línea de crédito se otorgará en un plazo máximo de 60 meses, y se pagará en cuotas mensuales, con amortización en primas y bonificaciones o liquidaciones.

- Intereses Remuneratorios: La tasa de interés del crédito será del 0,9% mensual.
- Documentos Adicionales: Posterior al desembolso del crédito, el asociado queda comprometido a presentar paz y salvo de las obligaciones canceladas con el crédito otorgado y el respectivo recibo de pago. De no cumplir con este requerimiento, el asociado queda inhabilitado en FONROCHESTER para acceder nuevamente a esta línea de crédito.